El explotar una red Wi-Fi gratuita en un local comercial,
no hace que el propietario sea responsable del uso delictivo que hacen
terceros.
Dicha resolución se dictamina a partir de un caso de un establecimiento comercial denunciado por Sony por incurrir en delito por descarga ilegal de contenido protegido por derechos de autor. Este razonamiento ha sido recogido por el Abogado General
de Justicia de la Unión Europea, Maciej Szpunar, en referencia a un caso en Alemania.
Por tanto, tanto bares como establecimientos comerciales
dejan de ser responsables de lo que se hagan con sus redes, pasando la
responsabilidad de uso a los usuarios del mismo.
Lo que no establece la sentencia es que no se puedan
recibir multas coercitivas para corregir mal
uso de estas redes en caso de que se estén usando para fines delictivos, que en cualquier caso quedara a bien por decidir por el juez nacional oportuno.
También se deja claro que la involuntariedad del propietario
se refleja en tres actos:
1.- Que no haya iniciado la conexión,
2.- que no haya
elegido el destinatario de la misma y
3.- que no seleccionado ni modificado los
datos transmitidos.
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